Él Ministerio de Trabajo anuncia el fechas correspondientes a feriados durante el año 2027, en cumplimiento de la Ley 139-97, que establece la transferencia de feriados.
El Ley N° 139-97, de fecha 19 de junio de 1997, sobre el traslado a lunes de los feriados que coincidan con martes, miércoles, jueves o viernes, fue publicado en el Diario Oficial No. 9957, de fecha 25 de junio de 1997, entró en vigor el día 27 del mismo mes y año, por lo que, de conformidad con lo dispuesto en nuestra legislación, debe aplicarse en todos los establecimientos del país.
Así, los feriados para el año 2027 se aplicarán de la siguiente manera:
Viernes 1 de enero (Día de Año Nuevo). No se cambia.
Miércoles 6 de enero (Día de Reyes). Se trabajará y cambiará para el lunes 4 de enero.
Jueves 21 de enero (Día de la Altagracia).
No se cambia.
Martes 26 de enero (día de Duarte). Se trabajará y cambiará para el lunes 25 de enero.
Sábado 27 de febrero (Día de la Independencia). No se cambia.
Viernes 26 de marzo (Viernes Santo).
No se cambia.
Sábado 1 de mayo (Día del Trabajo). No se cambia.
Jueves 27 de mayo (Corpus Christi).
No se cambia.
Lunes 16 de agosto (Día de la Restauración). No se cambia.
Viernes 24 de septiembre (día de Mercedes). No se cambia.
Sábado 6 de noviembre (Día de la Constitución). No se cambia.
Sábado 25 de diciembre (día de Navidad). No se cambia.
Esta información completa de los feriados correspondientes al año 2027 puede descargarse en el portal web de la institución www.mt.gob.do y publicarse en las redes sociales y medios de comunicación institucionales.


