Santo Domingo.-El proyecto de ley que fue enviado ayer al Congreso Nacional plantea nuevas disposiciones que cambian las reglas del juego para los envíos de bajo valor llamados «minimis», que son importaciones cuyo costo, seguro y flete no supera los 200 dólares estadounidenses (US$200,00). . ).
Los envíos considerados dentro de la categoría incluyen productos tales como: literatura, documentación impresa, periódicos y revistas etiquetados en origen, regalos, paquetes y mercancías de bajo valor.
El proyecto explica que, para la aplicación de esta disposición, las mercancías importadas con fines comerciales, por su cantidad, valor o uso de artículos en despacho expreso, destinadas a un mismo destinatario o relacionadas entre sí, incluyen las importaciones excesivas para uso personal y el intervalo entre envíos.
Mercancías similares, sustitutas o complementarias, divididas en múltiples envíos al mismo o relacionado destinatario, utilizando una o más guías de la misma o diferentes empresas dedicadas al despacho urgente de envíos, en un plazo de hasta treinta días o como parte de un serie de importaciones realizadas o previstas para ocultar su finalidad comercial.
Nuevo inquilino
Respecto a la posesión de un inmueble, se señala que los compradores de vivienda están exentos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IPI) cuando se trata de viviendas de interés social, es decir, aquellas que tienen un valor de hasta 5.025.380,75 pesos.
Sin embargo, por encima de esa cantidad, los propietarios deberán pagar un impuesto del 1% sobre el excedente.
Además, el impuesto incluirá el valor combinado de las mejoras y los lotes, ampliando el alcance de los activos inmobiliarios gravados.
El proyecto de Ley de Modernización Tributaria explica que quedan excluidas del impuesto las personas naturales propietarias de una vivienda cuyo propietario haya cumplido sesenta y cinco (65) años de edad, siempre que dicha vivienda constituya el único activo inmobiliario del propietario, o que éste sea No es beneficiario final de empresas o sociedades propietarias de inmuebles destinados a vivienda.
Indica que en este proceso sólo tributan los terrenos y edificaciones de los inmuebles gravados y en consecuencia no formarán parte de la base imponible los terrenos rústicos, ni los muebles, equipos, maquinarias, plantas eléctricas, mercancías y demás bienes muebles que se encuentren gravados. ubicados dentro de los bienes gravados.
Otros cargos
La propuesta indica que el impuesto específico por grado de alcohol pasaría a ser de 840 pesos, y para bebidas con un contenido de 5,01 a 10 gramos de azúcar agregada por cada 100 mililitros, el impuesto será de 58 centavos por 100 ml, para bebidas con un contenido mayor de 10.01 gramos de azúcar por 100 mililitros, el impuesto será de 1 peso por 100 mililitros.
En ese sentido, el Gobierno propone que para ello la DGII solicite al Instituto Dominicano de la Calidad una categorización de las bebidas azucaradas en función de su contenido de azúcar.
Agrega que estarán exentas de este impuesto las fórmulas infantiles, los medicamentos que incorporen azúcares añadidos, productos líquidos o polvos reconstituyentes, cuya finalidad sea brindar terapia nutricional, y las soluciones electrolíticas para consumo oral bajo supervisión médica.
Control
— Los bancos pagarán
Bancos de loterías y apuestas deportivas, cuyos ingresos serán recaudados mensualmente por la Dirección General de Impuestos Internos.
—2— Comida
Estarán exentas del impuesto las preparaciones a base de cereales, harinas, lácteos y productos de repostería del grupo de transferencia, al igual que la importación de bienes.