Él Senado declaró emergencia y aprobó en dos lecturas consecutivas un factura que amplía a 24 meses el plazo para la entrada en vigor del régimen de responsabilidad penal de las personas jurídicasestablecido en los artículos 8, 9, 10 y 11 de la Ley Orgánica que establece el Código Penal.
La iniciativa, presentada por el senador Rafael Barón Duluc Rijobusca facilitar la implementación ordenada de estas disposiciones y garantizar la preparación de las empresas e instituciones del sistema de justicia para su aplicación.
Al defender tu propuestaEl legislador advirtió que la aplicación de las medidas no es sencilla, especialmente para las micro y pequeñas empresas, al resaltar que el régimen de responsabilidad penal de las personas jurídicas exige que las organizaciones desarrollen e implementen protocolos de prevención, mecanismos de supervisión, programas cumplimiento normativo, canales de denuncia y procedimientos disciplinarios.
Asimismo, señaló que ni siquiera los propios tribunales estarían suficientemente preparados para atender procesos relacionados con la responsabilidad penal de las personas jurídicas.
«En primer lugar, su implementación no es tan sencilla. En segundo lugar, no se ha difundido. procedimiento. En tercer lugar, ni siquiera los propios tribunales saben cómo llevar estos procesos”, afirmó.
Durante la sesión ordinaria de ayer también fue declarada de urgencia la iniciativa que modifica los artículos 4, 5, 12, 14 y adiciona un artículo 12.1 a la Ley 339-22, sobre el uso de Medios Digitales en el Poder Judicial.
La propuesta legislativa, que contó con el voto unánime del pleno, establece que el Poder Judicial podrá utilizar la firma digital o firma electrónica calificada, acto jurisdiccional electrónico, digitalización de documentos y celebración de audiencias virtuales.
El artículo 14 de esta ley establece que se celebrarán audiencias, vistas o acciones jurisdiccionales virtuales o digitales en todas las materias, excepto en materia penal.


