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miércoles, septiembre 16, 2026
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Senado aprueba la ley que regula los juegos de azar

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Hoy.

El Senado de la República aprobó la ley que regula los juegos de azar en la República Dominicanaescrito por los senadores Félix Bautista y Pedro Catrain. La iniciativa fue aprobada por la Cámara de Diputados con modificaciones, las cuales fueron aceptadas por el Senado de la República.

La ley contempla tres decisiones de fondo. Primero, crear un regulador especializado: el Dirección General de Juegos de Azar— con liderazgo colegiado y garantías de independencia del sector que debe supervisar. En segundo lugar, establece obligaciones exigibles en materia de protección de menores, juego responsable, distancias y control tecnológico. En tercer lugar, respaldar cada una de esas obligaciones con consecuencias reales: multas, cierre de establecimientos, pérdida de licencia, inhabilitación de administradores y penas de prisión.

Las siete medidas de mayor impacto contempladas en la norma son las siguientes:

1. Comprobación de identidad ante la Junta Central Electoral. Todas las apuestas en línea requerirán cotejar el DNI del usuario con los registros de la JCE antes de habilitar depósitos o apuestas (art. 82). Hoy basta con marcar una casilla declarando que eres mayor de edad.

2. Distancia de 500 metros de ambientes sensibles. Ningún establecimiento de juego, en cualquiera de sus modalidades, podrá instalarse a menos de 500 metros de escuelas, colegios, universidades, hogares de niños, hospitales, CAID, iglesias, cuarteles o sedes de los poderes del Estado (art. 26).

3. Registro Nacional de Autoexclusión. Inscripción gratuita, presencial o electrónica, para que quien decida dejar de apostar no pueda ser admitido en ningún establecimiento del país. Los operadores están obligados a consultarlo antes de conceder acceso, abrir una cuenta o pagar una prima (art. 38).

4. Financiación del tratamiento del juego. Se destina el 10% del total de multas del sector a programas de prevención y tratamiento en coordinación con el MISPAS y se crea una línea telefónica gratuita atendida por profesionales de la salud mental (arts. 170 y 34).

5. Control de las apuestas por Internet. Licencia obligatoria, registro bajo dominio .do, un impuesto mensual del 10% que hoy no existe y la facultad del regulador de ordenar el bloqueo de páginas ilegales y la suspensión de pagos a las mismas (arts. 75 a 82).

6. Diez años sin nuevos establecimientos. No se otorgarán nuevas licencias durante una década, para depurar y fiscalizar lo existente antes de permitir cualquier ampliación (art. 191).

7. Graves consecuencias para quienes incumplan. Multas de hasta 400 salarios mínimos, cierre de establecimientos, revocación de licencia, prisión de hasta 10 años e inhabilitación de socios y directores hasta por 10 años (arts. 146 a 167).

“La nueva ley establece un régimen completo para las apuestas y juegos en línea, el segmento del sector de mayor crecimiento y que la legislación actual, concebida décadas antes de la existencia de estas plataformas, no contempla”, afirmó el senador Félix Baustista.

Asimismo, explicó que los juegos de azar en línea sólo podrán ser operados por personas jurídicas con licencia emitida por el Consejo del Juego, debiendo estar registrados bajo el dominio geográfico dominicano.do. Operar fuera de este registro constituye una infracción grave (artículos 75 y 147).

Dijo que el artículo 78 establece un impuesto del diez por ciento mensual sobre las operaciones de todos los juegos que se realicen a través de internet, pagadero a la Dirección General de Impuestos Internos. El impuesto se determina con base en el sitio web autorizado, sin tomar en consideración el lugar donde se realiza la actividad, redacción que cierra la vía de evasión por residencia en el extranjero.

“Frente a los operadores sin licencia, el artículo 79 proporciona al regulador tres herramientas simultáneas: ordenar a los proveedores de servicios de Internet, en coordinación con el Indotelbloquear los dominios y aplicaciones correspondientes; exigir a las entidades de pago que suspendan las transacciones con dichos operadores; y publicar la lista actualizada de operadores autorizados y sitios bloqueados, para que cualquier ciudadano pueda verificar la legalidad de una plataforma antes de depositar su dinero”, afirmó el legislador.

La República Dominicana regula hoy los juegos de azar con reglas emitidas hace más de seis décadas. La pieza central sigue siendo la Ley núm. 351, 6 de agosto de 1964; La normativa sobre máquinas tragamonedas data de 1989; y el resto del marco está compuesto por decretos y resoluciones dispersos, emitidos en distintos momentos y con distintos criterios. Bajo este marco, el país alcanzó más de 71.000 bancos de loterías y deportes registrados, según datos oficiales del Ministerio de Finanzas y Economía.

La ley aprobada por el Senado sustituye este mosaico por un único cuerpo normativo: 196 artículos distribuidos en 22 capítulos. Es la primera ley general de juegos de azar en la historia dominicana.

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