30.6 C
Santo Domingo
viernes, abril 25, 2025

Senado aprueba modificar Ley 138-11 para agilizar la escogencia del nuevo procurador

Deberías Leer

Santo Domingo. – El Senado declaró urgencia y aprobó en dos lecturas consecutivas la modificación de la Ley 138-11, del Consejo Nacional de la Judicatura (CNM), con el fin de agilizar el proceso de elección del nuevo procurador, cuyo plazo de 100 días ya corre. , según lo estipula el artículo 171 de la nueva Constitución, proclamada el 27 de octubre.

Por falta de tiempo se declaró urgente, se liberó a lectura y se aprobó por unanimidad con los 26 senadores presentes. Ahora pasa a la Cámara de Diputados, donde agotará el mismo proceso para luego pasar al Poder Ejecutivo para ser promulgado por el presidente Luis Abinader.

En concreto, la iniciativa, propuesta por los senadores Ricardo de los Santos y Omar Fernández, propone modificar los artículos 2 y 3 consistentes en la composición y función del Consejo, así como agregar el capítulo en el XII, que abarcará varios artículos.

Cuando entre en vigor, el artículo 2, sobre la composición del CNM, señalará que estará integrado por el presidente de la República y, en su defecto, el vicepresidente; el presidente del Senado, un senador de segunda mayoría, el presidente de la Cámara de Diputados, un diputado de segunda mayoría, el presidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y un magistrado de la misma, así como el presidente de la el Tribunal Constitucional (TC).

El artículo 3 dirá que sus funciones serán: nombrar a los magistrados de la SCJ, del TC, del Tribunal Superior Electoral (TSE), al procurador y a los procuradores suplentes a solicitud del presidente, así como evaluar el desempeño de la SCJ. jueces.

El artículo 4 propone modificar el artículo 16, sobre abstención, para que diga: “En todos los casos en que un miembro del Consejo Nacional de la Magistratura aspire o acepte su nombramiento como juez o Procurador General de la República, o uno de los procuradores suplentes, deberá abstenerse participar en su elección”.

Y, entre los puntos del capítulo adicionado están que la elección del apoderado deberá favorecerse con un mínimo de cinco votos, los cuales podrán ser confirmados al término de sus mandatos,

Alineado con la Constitución

El artículo 171 de la Carta Magna señala: “El Presidente de la República, dentro de los primeros cien días de su mandato constitucional, propondrá al Consejo Nacional de la Judicatura una persona para ser designada Procurador General de la República y quienes representen la mitad de los procuradores suplentes, de conformidad con lo dispuesto en la ley.”

El párrafo IV del mismo artículo define los requisitos para ser abogado: ser dominicano de nacimiento y tener más de 35 años, estar en pleno ejercicio de los derechos civiles y políticos, ser licenciado o doctorado en Derecho, haber ejercido dicha profesión o haber ejercido la docencia durante 12 años y no haber ocupado cargo directivo en ningún partido político.

- Advertisement -spot_img

Otros Artículos

- Advertisement -spot_img

Últimas Noticias