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lunes, agosto 17, 2026
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Santiago Matías celebra cambios al Código Penal y afirma que se protegió la libertad de expresión

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SANTO DOMINGO.- El empresario y director general de Grupo de medios Alofoke, Santiago Matíasacogió con satisfacción la decisión de modificar varios artículos del nuevo Código Penal y calificó la medida como un «gran logro» para el pueblo dominicano, asegurando que los cambios incluyan disposiciones relacionadas con la libertad de expresión.

  • Matías afirmó que las modificaciones son resultado de varias semanas de trabajo y consenso entre una comisión integrada por comunicadores y periodistas, entre ellos José Peguero, Ariel Lara, Ramón Tolentino, Ricardo Ripoll, el piro y él mismo, quien, según explicó, sostuvo una reunión con el Presidente de la República y el Ministro de Justicia para plantearle sus preocupaciones sobre algunos artículos del Ley 74-25.

Celebran cambios al Código Penal

El empresario sostuvo que los equipos jurídicos trabajaron en conjunto para acordar los cambios, que incluyen modificaciones a los artículos 192, 308 y 310, además de otras disposiciones que, a su juicio, afectaron la libertad de expresión o entró en conflicto con las decisiones del Tribunal Constitucional.

Asimismo, aseguró que la solución al tema se logró a través del diálogo y consenso y no por confrontación.

Tribunal Constitucional

Asimismo, agradeció al Presidente de la República por escuchar las propuestas de la comisión y felicitó a los ciudadanos que apoyaron los reclamos a través de las redes sociales, considerando que su participación fue decisiva. promover modificaciones al nuevo Código Penal.

Acción ante el Tribunal Constitucional

En ese sentido, Santiago Matías recordó que, a través Fundación para el Fomento de los Estudios Jurídicos (FUNPREL), presentó el 7 de agosto de 2025 una acción directa de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional solicitar que el artículo 310 de la Ley 74-25, que establece el nuevo Código Penal de la República Dominicana.

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La acción fue presentada por la entidad, representada por su director ejecutivo, Manuel Alejandro Bordas Ninaquien además figura como abogado a cargo del proceso.

Preguntas al artículo 310

En el documento, el demandante sostiene que el artículo 310 viola derechos fundamentales consagrados en la Constitución, entre ellos la libertad de expresión, el principio de legalidad penal y las garantías del debido proceso, al considerar que su redacción podría afectar el debate público y restringir el ejercicio de ese derecho.

«La disposición impugnada contradice los artículos 40.15, 49, 69.7, 74.2 y 185 de la Constitución, además de los artículos 8 y 13 de la Convención Americana sobre Derechos humanosasí como la jurisprudencia nacional e interamericana sobre libertad de expresión y control democrático del poder», señala el documento.

En su petición, los demandantes piden al Tribunal Constitucional declarar buena y válida la acción y, en cuanto al fondo, acogerla y declarar inconstitucional el artículo 310 de la Ley 74-25, ordenando su exclusión del ordenamiento jurídico, por considerar que contraviene la Constitución y los tratados internacionales de derechos humanos.

La solicitud fue presentada el 7 de agosto de 2025 ante el Tribunal Constitucional y concluye solicitando que la eventual decisión tenga efectos vinculantes y de ejecución inmediata, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución y la Ley 137-11 sobre la Tribunal Constitucional y Procedimientos Constitucionales.

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