spot_img
21.1 C
Santo Domingo
domingo, agosto 16, 2026
spot_img

procurador impulsa cultura y Ley

Deberías Leer

SANTO DOMINGO. – El abogado del tribunal Pelagio Alcántara Sánchez Abogó por la creación de una cultura de decomiso de bienes que promueva el conocimiento de la ley y la importancia del uso de esta herramienta jurídica, que permite al Estado recuperar la propiedad de bienes provenientes de actividades ilícitas.

  • El jefe de la Unidad de Caducidad de Dominios de la Ministerio Publico abordó el tema durante una reunión con miembros de la Fiscalía Especializada contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas (FRAUDE), encabezado por el abogado del tribunal Yoanna Bejarán Álvarezquienes resaltaron la importancia de desmantelar las finanzas de las redes criminales para prevenir sus operaciones criminales.

En la actividad, realizada en las instalaciones del FRAUDEen la expansión Por quédel Distrito NacionalParticiparon abogados, fiscales e investigadores judiciales.

Durante su presentación, Alcántara Sánchez destacó la importancia de conocer el contenido de la Ley 340-22 sobre Decomiso de Bienes, de 28 de julio de 2022, que establece el marco legal para recuperar bienes obtenidos de actividades ilícitas como trata de personas, lavado de dinero, narcotráfico, corrupción y otras formas de crimen organizado.

La idea esencial es que este es un procedimiento mucho más rápido que el proceso penal, porque cierra muchas brechas, pero también dependerá mucho de los actores.

«Falta capacitación a nivel judicial», señaló, destacando el valor del conocimiento de la citada ley, que permite a los grupos criminales golpear la estructura económica y recuperar activos en beneficio de la ciudadanía. Estado.

Al resaltar la importancia de la norma, Alcántara Sánchez Insistió en que, desde la perspectiva del daño a la propiedad, la Ley de Caducidad de Dominio Es más eficaz que el proceso penal.

“Lo que creo es que debemos usarlo, independientemente de si estamos llevando el proceso penal o no; porque puede ser mucho más práctico afectar bienes ilícitos que en el proceso penal, porque el proceso penal hoy es mucho más burocrático”, explicó.

El proceso penal seguirá existiendo, es decir, seguiremos teniendo casos de trata, procesando personas y, posiblemente, en esos casos de trata, teniendo decomisos del cuerpo del delito”, agregó.
Recordó que, a diferencia del proceso penal que busca sancionar a la persona, el proceso de extinción de dominio se centra en bienes muebles e inmuebles adquiridos ilegalmente.

Explicó que el dinero que se acaba de generar de la actividad de trata, que se ha pagado para afectar a la víctima de trata, es un corpus delicti.

Asimismo, cualquier transformación posterior que ese dinero recibido sea ilícita por origen; Es lo que en las leyes de lavado se conoce como producto del delito, que no es el corpus delicti, porque el corpus delicti es lo que se genera inmediatamente”, subrayó.

Destacó que el procedimiento de extinción de dominio no depende del proceso penal. “La Ley de Extinción es un procedimiento de su tipo; Se le ha dado competencia a la jurisdicción penal para conocerlo, pero eso no quiere decir que sea una norma penal”, anotó.

Todas las pruebas del proceso penal se pueden trasladar al proceso de extinción, para vincular el bien con el delito”, indicó durante su exposición sobre el tema.

El pasado mes de noviembre, el Consejo Superior del Ministerio Públicoencabezado por el Procurador General de la República, Nueva Berenice Reynosocreó la Unidad de Investigación de Decomiso de Bienes y nombró al procurador judicial, Pelagio Alcántara Sánchezcomo su director.

En el ámbito de aplicación, el Ley 340-22 establece que estarán sujetos a su aplicación los bienes ilícitos ubicados dentro del territorio nacional, así como aquellos ubicados en el exterior y que puedan ser perseguidos de conformidad con los acuerdos de cooperación internacional vigentes.

- Advertisement -spot_img

Otros Artículos

- Advertisement -spot_img

Últimas Noticias