La Corte de Apelaciones de Puerto Plata, integrada por Miguelina Barba (presidenta), Germán Martínez y Manuel Ureña, volvió a reservarse este martes la lectura de la decisión sobre los recursos de apelación en el proceso judicial contra el jugador de béisbol Wander Francoacusado de violación sexual y violencia psicológica contra una adolescente.
El tribunal fijó la nueva fecha para el próximo 29 de octubre, a las 9:00 horasporque la sentencia aún no está lista, según explicó el Ministerio Público.
Sobre la solicitud
La Fiscalía Especializada contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y la Fiscalía de Puerto Plata interpusieron el recurso de apelación contra el Sentencia Penal núm. 272-02-2026-SSEN-00149de fecha veinticinco (25) de mayo del año dos mil veintiséis (2026), emitido por el Tribunal Colegiado Ad Hoc del Distrito Judicial de Puerto Plata, que declaró culpable a Franco Aybar de los delitos antes mencionados, pero le otorgó un indulto judicial que lo exime del cumplimiento de una sanción penal.
El imputado fue declarado culpable de violar lo dispuesto en el artículo 396, letras b y c, del Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de la Niñez y la Adolescencia (Ley 136-03), relativo al abuso sexual y abuso psicológico de un menor de edad.
El órgano fiscal, luego de presentar sus conclusiones, solicitó al tribunal de apelación declarar procedente en términos de forma el recurso parcial porque cumplió con los plazos y reglas formales que exige la ley que lo rige.
Y en cuanto al fondo, solicitó que el tribunal, actuando bajo sus propias facultades y facultades, declare procedente el recurso de apelación y ordene la revocación de dicha sentencia por resultar desproporcionada con las agravantes probadas y el grado de participación.
El Ministerio Público solicitó revocar el primer ordinal de la sentencia apelada y en consecuencia dictar sentencia condenatoria, imponiendo al imputado una pena de cinco (05) años de prisión a cumplir en el Centro Correccional y Rehabilitación (CCR) de San Felipe, en Puerto Plata.
Además, que se confirme la pena de 10 años de prisión impuesta a la madre del adolescente por explotación sexual comercial y lavado de dinero, decisión que no fue apelada por el Ministerio Público.
Durante la jornada, el tribunal escuchó los recursos presentados por el Ministerio Público, así como por los imputados a través de sus respectivas defensas.
El fiscal de la Fiscalía Especializada contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, Claudio Alberto Cordero Jiménez, y el fiscal de Puerto Plata, José Martínez Montán, quien representó al Ministerio Público en el litigio, solicitaron a los jueces del tribunal de segunda instancia rechazar los recursos de los imputados por no tener fundamento legal.
El Ministerio Público interpuso el recurso de apelación contra la sentencia emitida por el Tribunal Colegiado Ad Hoc del Distrito Judicial de Puerto Plata, integrado por los jueces José Ramón Núñez (presidente), Jenny Amarilis Martínez y Praire Ruiz, tras establecer que se hizo una aplicación incorrecta de la ley y que es incompatible con la gravedad de los hechos acreditados por el propio tribunal.
Los fiscales confiaron en que el tribunal realizará un examen riguroso de los argumentos planteados y adoptará una decisión acorde con la Constitución, las leyes y la protección reforzada que merecen los niños y adolescentes.
El recurso fue presentado por los jueces Ramona Nova Cabrera, Kelmi Ricardo Duncan Torres, Claudio Alberto Cordero Jiménez, José Martínez Montán y Olga Diná, quienes sostienen que la decisión impugnada implica una interpretación errónea de la figura del perdón judicial, concebida por el legislador para situaciones excepcionales que, a juicio del órgano fiscal, no se aplican en el presente caso.


