El Senado de la República aprobó en segunda lectura el proyecto de ley que adiciona el literal D) y dos párrafos al numeral 2 del artículo 82 de la ley 60-23, para la administración de los bienes embargados, incautados y abandonados en procesos penales y en juicios de extinción de dominio; crea el Instituto Nacional de Custodia y Administración de Bienes Incautados, Confiscados y Decomisados e integra su directorio, el cual será presidido por el Ministerio de Hacienda.
Este reglamento establece que al menos el 10 por ciento será asignado al Ministerio Público, el cual coordinará con el Ministerio de la Mujer, el Ministerio del Interior y Policía, el Ministerio de Educación y las demás instituciones sectoriales competentes, con el objetivo de fortalecer los mecanismos de prevención, respuesta institucional, protección y atención integral a las víctimas de violencia de género y doméstica, incluyendo, de manera prioritaria, el apoyo a albergues y centros de atención conductual para hombres vinculados a conductas de violencia de género o tentativa de feminicidio, con el propósito de modificar la cultura.
Iniciativa presentada por senadores; Pedro Catrain; Lía Ynocencia Díaz Santana; Aracelis Villanueva Figueroa; María Mercedes Ortiz y Ginnette Bournigal de Jiménez, estas modificaciones detallan que estos párrafos I y II se anexarán al numeral 2 del artículo 82 de la Ley 60-23, que en adelante establecerá que el cuarenta por ciento se destinará al Ministerio Público para la coordinación, ejecución y fortalecimiento de acciones vinculadas con la prevención, protección, atención integral y respuesta institucional a la violencia de género y doméstica.
Mientras que el restante sesenta por ciento y 60 por ciento se distribuirá entre el Ministerio de la Mujer, el Ministerio del Interior y Policía, el Ministerio de Educación y las demás instituciones sectoriales competentes, de conformidad con sus competencias legales y los programas, planes y políticas públicas que desarrollen en la materia, buscando una distribución armónica, coordinada y eficiente de los recursos.
En la sesión extraordinaria de este lunes, el Pleno aprobó la ley que declara el 16 de mayo de cada año como “Día Nacional de las Sufragistas Dominicanas”. Presentado por la Senadora Aracelis Villanueva Figueroa.
Esta ley busca preservar la memoria histórica del movimiento sufragista de vanguardia de la República Dominicana, promoviendo la educación cívica y democrática, y fomentando la igualdad de género en la participación política.
En su artículo quinto, el proyecto señala que cada año se realizarán: eventos oficiales, charlas, conferencias, debates educativos y seminarios temáticos sobre la emancipación femenina y el significado del movimiento sufragista, reconocimiento a mujeres destacadas en la vida pública y política, así como a académicas, investigadoras, artistas e intelectuales que han hecho aportes a la historiografía nacional, campañas de sensibilización sobre la participación política de las mujeres.
En segunda lectura se aprobó el proyecto de ley que modifica la Ley 4463, para establecer que el traslado de personajes ilustres al Panteón de la Patria deberá formularse mediante ley, iniciativa presentada por el senador Santiago José Zorrilla.
Durante los trabajos también se aprobó el proyecto de ley que declara a la Mangulina como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación Dominicana, de la autoría de los senadores Lía Ynocencia Díaz Santana y Franklin Romero.
Los senadores sancionaron en primera lectura el proyecto de ley que designa el nombre «Carretera de la Altagraci»



