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lunes, agosto 17, 2026
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¿Qué es el trabajo forzoso? El concepto detrás de la investigación de EE. UU. a RD y otros países

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Mueses Merilenny

EE.UU incluido República Dominicana en una lista de 60 economías investigado por la falta de imposición y aplicación efectiva de una prohibición a la importación de bienes producidos con trabajo forzado.

Pero, ¿Qué significa exactamente este término?

Según el Organización Internacional del Trabajo, Trabajo forzoso es aquel que una persona realiza de forma involuntaria y bajo algún tipo de amenaza o castigo.

La OIT señala que estas situaciones pueden ocurrir a través de violencia, intimidación, amenazas, retención de documentos de identidad o incluso deudas manipuladas que impiden a una persona dejar un trabajo.

Los tres elementos del trabajo forzoso

Según el Convenio sobre el trabajo forzoso de 1930 Según la OIT, para que exista trabajo forzoso deben concurrir tres elementos:

Obra o servicio: cualquier trabajo realizado en cualquier actividad económica, incluida la economía informal.

Amenaza de penalización: Puede ir desde violencia física hasta sanciones, intimidación o amenazas.

Falta de voluntariedad: Se produce cuando una persona no acepta libremente el puesto de trabajo o no puede dejarlo cuando quiere.

No limitado a un sector

La OIT advierte que el trabajo forzoso puede afectar tanto a adultos como a niños y ocurrir en diferentes sectores económicos, como el trabajo doméstico, la agricultura, la construcción, la manufactura, la explotación sexual o la mendicidad forzada.

Asimismo, aclara que no todo empleo con malas condiciones laborales constituye trabajo forzoso.

¿Cómo identificarlo?

Entre los indicadores que pueden alertar de una situación de trabajo forzoso, la OIT menciona:

  • Restricción de la libertad de movimiento.
  • Retención de salarios.
  • Conservación de documentos de identidad.
  • Violencia física o sexual.
  • Amenazas e intimidaciones.
  • Deudas fraudulentas de las que el trabajador no puede salir.

Posibles aranceles estadounidenses

Según el comunicado, las economías que tienen prohibiciones de importación de productos elaborados con trabajo forzoso o que se comprometen a hacerlas cumplir podrían enfrentar un arancel adicional del 10%.

Para las demás economías, la propuesta contempla un arancel adicional del 12,5%.

Economías investigadas

Según la declaración de Estados Unidos, las siguientes 54 economías no han logrado imponer o hacer cumplir efectivamente la prohibición de importar bienes producidos con trabajo forzoso:

Argelia; Angola; Argentina; Australia; las Bahamas; Bahrein; Bangladesh; Brasil; Camboya; Chile; China, República Popular de; Colombia; Costa Rica; República Dominicana; Egipto; Salvador; Guatemala; Guayana; Honduras; Hong Kong, China; India; Irak; Israel; Japón; Jordán; Kazajstán; Kuwait; Libia; Malasia; Marruecos; Nueva Zelanda; Nicaragua; Nigeria; Noruega; Omán; Perú; Filipinas; Katar; Rusia; Arabia Saudita; Singapur; Sudáfrica; Corea del Sur; Sri Lanka; Suizo; Taiwán; Tailandia; Trinidad y Tabago; Turquía; Emiratos Árabes Unidos; Reino Unido; Uruguay; Venezuela; y Vietnam.

Las siguientes seis economías no han logrado hacer cumplir efectivamente la prohibición de importar bienes producidos con trabajo forzoso: Canadá, Ecuador, la Unión Europea, Indonesia, México y Pakistán.

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