El pasado 29 de octubre se conmemoró el Día Internacional del Cuidado y Apoyo, fecha que invita a reflexionar sobre una realidad que muchas familias dominicanas conocen de cerca: cuidar a un niño, cuidar a una persona mayor o acompañar a un familiar enfermo o discapacitado requiere tiempo, esfuerzo y, muchas veces, sacrificios económicos y profesionales. Sin embargo, rara vez reconocemos cuánto depende nuestra sociedad del trabajo realizado por miles de personas, principalmente mujeres, sin recibir remuneración.
En República Dominicana el cuidado sigue siendo una responsabilidad que recae mayoritariamente en las mujeres. Según la Oficina Nacional de Estadística (ONE), el 44,8% de las mujeres de 15 y más años realizan trabajos de cuidados no remunerados, frente al 24,3% de los hombres. Además, las mujeres dedican una media de 16,4 horas semanales a estas tareas, mientras que los hombres dedican 9,6 horas. Esta desigualdad tiene consecuencias sobre las oportunidades de empleo, la formación profesional, los ingresos y el acceso a la seguridad social.
Pensemos en una madre que deja su trabajo porque no tiene a nadie que cuide a sus hijos, o en una hija que reduce su jornada laboral para cuidar de sus padres ancianos. Son situaciones frecuentes que demuestran que el cuidado no es sólo una cuestión familiar, sino también una cuestión de derechos, de empleo y de protección social. La propia ONE indica que las mujeres dominicanas acumulan una carga laboral total de 66,3 horas semanales, frente a las 56,9 horas de los hombres, considerando trabajo remunerado y no remunerado.
Desde el punto de vista jurídico, esta discusión encuentra fundamento en nuestra Constitución. El artículo 39 obliga al Estado a promover las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva; El artículo 57 establece la protección de las personas mayores, mientras que el artículo 60 reconoce el derecho a la seguridad social. Estas disposiciones permiten sostener que los cuidados no pueden depender exclusivamente de la capacidad económica de las familias ni de la disponibilidad de las mujeres para asumirlos. Su protección debe ser parte de las responsabilidades públicas vinculadas a la dignidad humana y la garantía de los derechos fundamentales.
Este enfoque ha sido fortalecido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos a través de la Opinión Consultiva OC-31/25, que reconoce el derecho autónomo al cuidado y sus dimensiones de cuidar, recibir cuidados y ejercer el autocuidado. Esto representa un avance importante: el cuidado ya no se entiende únicamente como una obligación moral o familiar para adquirir una dimensión jurídica que requiere medidas de protección y corresponsabilidad.
Nuestro país ha comenzado a reconocer esta realidad a través de la Política Nacional de Cuidados y de iniciativas legislativas encaminadas a establecer un Sistema Nacional de Cuidados. Recientemente, el Gobierno informó que once instituciones vinculadas a esta política tienen contemplados RD$21,977 millones en el proyecto de Presupuesto General del Estado para 2027. Sin embargo, el verdadero desafío no es sólo asignar recursos, sino garantizar que estos se traduzcan en servicios accesibles, eficientes y de calidad.
Precisamente, información reciente sobre el Consejo Nacional para las Envejecientes (CONAPE) muestra la importancia de fortalecer los controles. Una auditoría de la Contraloría General de la República, correspondiente al periodo 2020-2024, identificó que 15 servidores públicos figuraban como beneficiarios del programa Familias de Cariño, entre ellos 12 registrados como cuidadores y tres como personas mayores. También se señalaron expedientes incompletos y deficiencias en los mecanismos de verificación. Estos hallazgos, más allá de las responsabilidades que podrían determinarse, recuerdan que los programas sociales requieren transparencia, supervisión y rendición de cuentas.
Aquí debemos recordar que el derecho a la buena administración requiere que las instituciones públicas actúen con eficiencia, objetividad y transparencia. Ley núm. 107-13 reconoce los derechos de las personas frente a la Administración Pública y establece principios que deben guiar su actuación. Por tanto, una política de cuidados no puede limitarse a crear nuevas estructuras administrativas o distribuir recursos. Debe tener criterios de selección claros, mecanismos de seguimiento y resultados verificables que aseguren que la asistencia llegue a quienes realmente la necesitan.
La Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) ha insistido en avanzar hacia una sociedad solidaria como condición para alcanzar la igualdad sustantiva. En República Dominicana, esto requiere fortalecer la corresponsabilidad entre el Estado, las familias, las comunidades y el sector privado, así como reconocer los derechos laborales de quienes se dedican profesionalmente al cuidado. No se trata de sustituir el papel esencial de la familia, sino de garantizar que el cuidado de nuestros seres queridos no signifique necesariamente renunciar al empleo, a la independencia económica o al desarrollo profesional.
República Dominicana tiene la oportunidad de convertir los cuidados en una verdadera prioridad pública, pero para lograrlo debemos pasar del reconocimiento legal a la garantía efectiva de los derechos, de los anuncios presupuestarios a los resultados, y de los programas aislados a una política institucional coordinada y sostenible.
Porque cuidar es expresión de amor y responsabilidad, pero también es trabajo. Y una sociedad que reconoce el valor del cuidado debe garantizar derechos tanto a quienes los reciben como a quienes los brindan.
Una sociedad que reconoce el valor del cuidado también debe aprender a cuidar a quienes cuidan.


