SANTO DOMINGO.-Si bien actualmente se intenta regular la circulación de motocicletas en el país, la Ley 63-17 sobre movilidad y un reglamento de aplicación circunscrita a esta materia ya contienen prohibiciones y sanciones sin que, en la práctica, el texto y las regulaciones hayan sido aplicados por las autoridades o asumidos por los conductores como deberían.
Entre las prohibiciones se encuentra el uso de teléfonos móviles mientras se conduce, algo difícil de hacer cumplir para los repartidores y automovilistas que suelen obtener indicaciones desde un teléfono móvil mientras conducen.
También está prohibido transportar niños menores de ocho años, agarrarse a otro vehículo en movimiento, conducir sin casco, utilizar luces de cruce no homologadas por el Intrant y, sorpresa, adelantar por la derecha o entre vehículos en vías interurbanas.
Una motocicleta no puede ser utilizada por más de dos personas a la vez, llevar personas o animales entre los brazos o piernas del conductor y carreras clandestinas.
El parágrafo I del artículo 76 establece que toda persona que se dedique al transporte remunerado de pasajeros o mercancías en motocicletas sin la licencia de funcionamiento correspondiente o utilizando una motocicleta no registrada para tales fines, será sancionada con multa equivalente a un salario mínimo del sector público centralizado en caso de reincidencia.
Más sanciones
En cuanto al régimen sancionador, la norma contempla consecuencias administrativas que van desde la exclusión de la circulación de vehículos que no cumplan con las condiciones técnicas requeridas, hasta la suspensión o revocación de las licencias de funcionamiento de los prestadores de servicios.
También prevé la cancelación de autorizaciones cuando los operadores incumplan sus obligaciones o abandonen el servicio reiteradamente.
en los ayuntamientos
Junto con Intrant, los ayuntamientos tienen una parte de responsabilidad en la regulación de los conductores.
El artículo 76 ordena a los ayuntamientos crear registros municipales de motocicletas utilizadas para el transporte de personas. Para ello será obligatorio presentar la matrícula, matrícula original, seguro vigente y un documento que acredite el derecho a utilizar la motocicleta.
Hasta el momento, sólo en el Ayuntamiento de Santo Domingo Este se ha intentado materializar esta indicación, aunque no con mucho éxito. Aunque el tema de los motociclistas parece cerrado luego de que se alcanzaron acuerdos entre las partes, en las calles persiste la vida cotidiana desordenada.
Del tema
— Más prohibiciones
El senador Antonio Marte, quien también es empresario del sector transporte, aseguró que se deben hacer controles numéricos sobre la cantidad de vehículos que circulan en el país e imponer una mayor supervisión de los motores.



