Santo Domingo.- Como parte de las medidas que se implementarían si el reforma del sistema tributario En el país se elimina la exención de impuestos para productos y servicios que deben alcanzar el ITBIS.
El anuncio lo hizo el ministro de Hacienda, Jochi Vicente, quien explicó en La Semanal con La Prensa que, de ahora en adelante, el ITBIS se denominará Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Esta disposición buscará unificar la nomenclatura del impuesto a los estándares internacionales. Además, los servicios digitales se incluirán expresamente como parte de los servicios sujetos al IVA.
Así pues, se mantendrían las exenciones para los productos esenciales del canasta basicaespecíficamente arroz, pan, pollo, leche, huevo, yuca y el plátano
Así como los medicamentos seguirían estando exentos, los insumos o bienes de capital del sector ganadero y fertilizantes y sus componentes seguirán exentos.
Asimismo, los combustibles seguirían estando exentos ya que se les aplican impuestos selectivos.
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Estas disposiciones se deben a que, según el funcionario, las exenciones que existen, si bien protegen a la población de menores ingresos, Benefician desproporcionadamente a quienes más pueden hacerlo.
Por lo tanto, la población de menores ingresos destina una mayor proporción de estos a adquirir productos y servicios exentos; Sin embargo, los hogares de mayores ingresos gastan, en términos absolutos, mucho más que aquellos con menos ingresos.
Los productos que mantendrán las exenciones
En cuanto a los servicios exentos, la exención se mantendría para los servicios docentes prestados por instituciones debidamente acreditadas por el Ministerio de Educación o el Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología de la República Dominicana, según corresponda.
De la misma forma a los servicios de salud prestados por instituciones o profesionales debidamente autorizados por el Ministerio de Salud Pública.
Así como los servicios de suministro de energía eléctrica, agua potable y recolección de basura.
Lo mismo ocurriría con los servicios de transporte de pasajeros.
Lo mismo ocurre con los servicios de intermediación financiera.
También los servicios financieros y de seguros debidamente autorizados por la Administración Monetaria y Financiera, la Superintendencia de Seguros o la Superintendencia del Mercado de Valores, según corresponda.
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Igual que los servicios de alquiler de vivienda para uso familiar.
Y servicios de planes de pensiones y jubilaciones.
Todo lo demás tendrá un tipo unificado del 18%
En cuanto a los impuestos a las bebidas alcohólicas, el Gobierno propone que a través de la reforma tributaria se apliquen las siguientes medidas:
• Un aumento del impuesto específico por grado de el alcohol cuesta RD$840
• Un aumento en la tasa ad valorem aplicable a bebidas alcoholicas para llevarlo al 11%
Impuestos de circulación
En cuanto a los impuestos de circulación, se establecería que el impuesto de circulación de vehículos se fije en un pago único de RD$3,000 por
vehículos con año de fabricación mayor a 5 años y RD$6,000 hasta 5 años de fabricación.
Bebidas azucaradas sin alcohol
Por otro lado, la propuesta incluye el establecimiento de un impuesto a las bebidas azucaradas no alcohólicas que dependería del grado de azúcar añadido.
Para bebidas entre 5,01g y 10g de azúcar añadido, el impuesto será de 58 céntimos por 100 ml. Y para bebidas con más de 10.01 gr el impuesto será de RD$1 por 100 ml.