Muchos docentes dominicanos que prestan servicios en el sistema de educación preuniversitaria en centros educativos públicos son sometidos constantemente a una situación de estrés al momento de otorgar las licencias por maternidad, un proceso burocrático durante el cual se cometen abusos y que no forma parte de la agenda de lucha de la Asociación Dominicana de Maestros (ADP).
Estos abusos comienzan con el hecho de que los docentes se ven obligados a buscar un sustituto, a quien deben cobrar durante el período de tres meses y medio que cubre la licencia. Esto ocurre, en contravención a la normativa vigente que establece que constituye responsabilidad de la dirección del centro educativo y distrito escolar correspondiente.
La remuneración del maestro sustituto asciende a RD$30,000.00 mensuales, alrededor de la mitad de los emolumentos que recibe el contratista, lo que en una sociedad en la que los profesionales operan con presupuestos ajustados significa un desequilibrio económico que los obliga a recurrir a créditos irrisorios para cubrir las necesidades básicas. El problema es complicado, porque el Ministerio de Educación normalmente tarda un año en reponer los fondos adelantados al sustituto.
Otro problema es que cada vez menos docentes aceptan aceptar pagos diferidos hasta que las autoridades educativas completen la burocracia del pago.
Generalmente, los docentes intentan cumplir con esta medida de presión y desprenderse de sus propios fondos para evitar las represalias que suelen darse en aquellos casos en los que se limitan al depósito de la documentación legal proporcionada por el personal médico y el centro de salud en el que se realizará el procedimiento de parto. Las represalias pueden ir desde un seguimiento estricto del cumplimiento del horario de clase hasta la revisión de contenidos y seguimiento de los estudiantes, más allá de las exigencias que estos realicen al resto de sus compañeros.
Los directivos de la ADP saben perfectamente que el pago de sustitutos o suplentes cuando un docente se encuentra de baja médica o de maternidad corresponde exclusivamente al Ministerio de Educación. Según la Orden Departamental 43-2019, bajo ninguna circunstancia el docente en licencia deberá pagar de su bolsillo al docente que lo reemplace, ni los directores de los centros educativos tienen la facultad de exigir dicho pago.
Exigir al maestro titular que pague a su sustituto es una práctica ilegal. El sindicato profesional que agrupa a los docentes les dice en privado que rechacen estos pagos, pero en público no asume esa agenda reivindicativa de derechos; Nunca ataca públicamente a los directores de escuelas, distritos o regiones que obligan a un profesor a pagar un sustituto, con el objetivo de denunciarlos, investigarlos y sancionarlos.
Esta práctica choca con el artículo 7 de la Carta Magna, que establece que “la República Dominicana es un Estado Social y Democrático de Derecho, organizado en forma de República unitaria, fundada en el respeto a la dignidad humana, los derechos fundamentales y el trabajo”. La función esencial del Estado, a modo de consecuencia, consiste en la protección efectiva de los derechos de la persona, el respeto a su dignidad y la obtención de los medios que le permitan perfeccionarse de manera igualitaria, equitativa y progresiva, en un marco de libertad individual y justicia social.
Ante lo anterior, el ADP ha fracasado en el rumbo de defensa de sus integrantes que han tenido la alegría de ser madres para hacer grande a la nación.


