La infracción flagrante es aquella que se comete actualmente o acaba de cometerse. No es un galimatías, es una tipificación. La flagrancia permite la actuación procesal inmediata sin necesidad de autorización previa y sin afectar la presunción de inocencia. Asigna un carácter diferente a todas las actuaciones del proceso penal lato sensu.
Disquisición para el aula y para la conversación sustantiva que la práctica criolla de indulgencia y permisividad ante los delitos y los delitos transforma en prosa profana. Lo ocurrido en el control fronterizo militar, ubicado en El Laurel -Dajabón- el pasado 22 de septiembre se ha convertido en entretenimiento, material para comentarios maliciosos y descarados. Sirve para el gregarismo y no para la preocupación, repetir que “nosotros hacemos el trabajo y la justicia los libera”.
El hecho, sin embargo, es grave, respalda la fragilidad institucional que nos rodea y la percepción de impunidad que incentiva la comisión de infracciones en el país.
Nada más y nada menos que un experto en derecho, abogado, empleado del Ministerio de Educación y con importantes afiliaciones, protegido en las noches, transportando una carga con connotaciones peligrosas. La fortuna no le favoreció como quizás antes le había favorecido. La atrevida traficante avanzaba tranquilamente por aquellas calles, “sola”, confiada en la suerte de sus pasajeros.
Y en el puesto de control ubicado en uno de esos pasos desconocidos del territorio, desconocidos para muchos de los que hacen alarde de fervor patriótico, miembros del ejército detuvieron el vehículo y pidieron al conductor que abriera el maletero. La ciudadana, vestida con una blusa que mostraba el logo del ministerio, imploró ayuda a los militares. Aún sin las pruebas expuestas, hizo una confesión, nacida de la desesperación que conlleva la flagrante infracción. ¡Ayúdame, voy a perder mi trabajo! «Sé que lo hice mal». “Vamos, ábrela por ahí”, dijo el soldado, “ya sabes en lo que te has metido”.
Entre el reconocimiento y el alegato: “no lo publiquen”, “qué maldito problema” la señora ordenó la liberación de las pruebas “Venga Moreno”, aderezado con “soy prima de Roberto Fulcar” y “me voy a ahorcar”.
Y salió uno, luego otro, hasta completar la tríada. La “pelota” que luego alegó como una artimaña para justificar la infracción resultaba incómoda para los favorecidos agazapados en la parte trasera del vehículo. La condición de las personas transportadas o objeto de trata será decidida por el tribunal cuando se celebre el juicio, si es que se celebra.
El hecho es memorable, la inevitable y pertinente grabación ha permitido que la reflexión ratifique nuestra precariedad institucional y esa forma de asumir el “na en na” con apoyo.
El abogado tiene suerte, porque en Dajabón respetan el debido proceso, actitud que debería repetirse en otros ámbitos. El encargado de la Oficina de Servicios de Atención Permanente actuó rápidamente y dispuso como medida coercitiva: presentación periódica, supervisión de un aval e impedimento de salida del país. Asumió las raíces del acusado. A veces, un llamado es arraigo, garantiza más que una disposición del Código Procesal Penal. Ah, y las medidas deben cumplirse durante un cómodo período de seis meses.


