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lunes, octubre 12, 2026
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Manuel Conde pide aplicar el derecho de la competencia

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PARAGUAY.– El abogado y profesor dominicano manuel conde Cabrera Llamó a los jueces a aplicar las normas del derecho de la competencia al revisar las resoluciones de las autoridades reguladoras, teniendo en cuenta el tipo de conducta investigada, las pruebas requeridas por la ley y las garantías del debido proceso.

Condé hizo el planteamiento durante la jornada “Revisión judicial de las resoluciones de la autoridad de competencia”, realizada el viernes 9 de octubre, en el marco de la dia nacional del Concurso 2026, organizado por la Comisión Nacional de la competencia (CONACOM) de Paraguayen el Casa de Integración de c y fen Suposición.

El jurista explicó que los tribunales deben identificar primero la conducta examinada, ya sea un acuerdo anticompetitivo entre competidores, un abuso de posición dominante o una concentración económica, porque cada caso tiene requisitos y procedimientos probatorios diferentes.

La ley de competencia dice lo que hay que probar y lo dice diferente para cada tipo de práctica”, afirmó.

Cuando se hace referencia a acuerdos entre competidores, como cárteles y manipulación en licitaciones públicas, manuel conde Señaló que la autoridad debe demostrar la existencia del acuerdo y la participación de los involucrados, mientras que corresponde a las empresas acreditar las eficiencias que alegan como justificación.

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La norma per se no reduce el nivel de prueba; “cambia el objeto de la prueba”, precisó, explicando que esta norma no elimina la obligación de demostrar los hechos que constituyen la violación.

Respecto al abuso de posición dominante, indicó que la autoridad debe acreditar el efecto anticompetitivo cuando éste sea un elemento de la conducta prohibida. En las concentraciones económicas, en cambio, el análisis busca determinar si una operación representa un riesgo para la competencia antes de su ejecución.

Conde también destacó que el derecho administrativo establece las garantías que deben respetarse durante estos procedimientos, incluyendo la presunción de inocencia en los procesos sancionadores, el acceso al expediente, el derecho a audiencia y la debida motivación de las decisiones.

Asimismo, advirtió que los jueces deben evitar dos extremos: ceder el control de una resolución por su complejidad técnica o sustituir la autoridad elaborando su propio análisis económico.

Al juez no se le pide que sea economista. A uno se le pregunta qué sabe hacer: verificar que la autoridad demostró lo que su propio tipo de infractor le exigía probar, con las garantías que imponía el procedimiento y que explicó por qué”, afirmó.

El académico concluyó que el control judicial debe abarcar la calificación jurídica de los hechos, la valoración de las pruebas y la proporcionalidad de las sanciones, sin sustituir la evaluación técnica de la autoridad ni renunciar a la función de control de los tribunales.

Ni sustituir ni abdicar: controlar”, expresó.

manuel conde Es profesor de Derecho Administrativo y Procedimiento Administrativo en la Universidad Nacional Pedro Henríquez Ureña (UNPHU) y profesor de posgrado en la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD).

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