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lunes, octubre 26, 2026
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TSA confirma multa al Centro Abel González por caso Jet Set

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Santo Domingo.-Él Tribunal Superior Administrativo (TSA) confirmó la multa RD$2,189,154.08 impuesto a Centro de Medicina Avanzada Dr. Abel González por no garantizar atención de emergencia a dos socios afectados por el derrumbe del techo de la discoteca Jet Setinformó el Dirección General de Información y Defensa de Afiliados de la Seguridad social (IDA).

La sanción fue impuesta por el Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL)luego de que la DIDA presentara las reclamaciones en nombre de los afectados.

Según información enviada por la DIDA, la Sala Tercera del TSA rechazó el recurso de apelación de la clínica mediante sentencia no. 0030-04-2026-SSEN-00282, de 22 de mayo de 2026, y confirmada Resolución DJ-GIS n°. 0012-2025, de 13 de agosto de 2025.

Investigación sobre atención de emergencia.

La DIDA explicó que el 22 de abril de 2025 recibió las reclamaciones de Franklin Alberto Rodríguez Garabitos y Luis Tomás Graveley Hernándezquien le otorgó poder formal de representación.

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Ese mismo día envió las cartas D000653 y D000654 a SISALRIL, mediante las cuales solicitó investigar los hechos e imponer las sanciones correspondientes.

Al día siguiente, un equipo técnico de SISALRIL inspeccionó el centro de salud. En los días siguientes entrevistó a los miembros y revisó registros y documentos.

Según el comunicado, la investigación determinó que la clínica no garantizó atención de emergencia ni registró la visita de afiliados. Además, les informó que su seguro no fue aceptado, en lugar de concertar la cobertura con el Administradora de Riesgos Sanitarios (ARS).

SISALRIL dictó la sanción en menos de cuatro meses desde la presentación de las reclamaciones.

El tribunal rechazó los argumentos de la clínica.

Según la DIDA, la clínica afirmó que no hubo quejas personales de los afiliados. La TSA rechazó ese argumento al reconocer que las reclamaciones fueron tramitadas por la institución en nombre de los afectados.

La entidad indicó que el tribunal reconoció su facultad para recibir reclamaciones y darles seguimiento hasta su resolución final, de conformidad con el artículo 29 de la Ley 87-01, modificada por la Ley 13-20.

Asimismo, indicó que el TSA concluyó que SISALRIL actuó conforme a la Constitución y la ley, dentro de sus facultades para determinar violaciones e imponer sanciones, y que la clínica no refutó las conclusiones.

La DIDA agregó que los jueces establecieron que Los pacientes deben ser tratados primero para preservar su salud.y que la verificación de cobertura corresponde al centro de salud y a la ARS.

Además de la multa, la resolución ordenó a la clínica presentar una plan de acción correctiva y capacitar a su personal en los estándares de la Seguro de salud familiar.

«Este caso demuestra lo que logramos cuando las instituciones del Sistema trabajan juntas: la DIDA recibe al afiliado, lo representa y lleva su caso; la SISALRIL investiga y sanciona; y los tribunales confirman que actuaron conforme a derecho. Ningún afiliado debe ser rechazado en una emergencia por su seguro», afirmó el director general de la DIDA. Elías Báez.

Báez reiteró que la institución seguirá recibiendo reclamos de los afiliados y acompañándolos ante las autoridades correspondientes hasta su resolución final. También instó a quienes tengan afectado el acceso a los servicios de salud a acudir a la entidad.

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