Santo Domingo.- La Cámara Penal de la Corte de Apelaciones de San Juan de la Maguana, impuesta Prisión preventiva Al capitán del barco Edward Santana Núñezde la Armada de la República Dominicana, después de variar las medidas de coerción que inicialmente la beneficiaron, después de ser acusado de violencia de género contra su ex parartner.
La decisión responde a una solicitud del ministerio público, que alegó que la víctima y su hijo estaban en peligro inminente debido a los constantes ataques del acusado. Santana Núñez fue arrestada el 22 de mayo, después de interceptar el vehículo de su ex pareja mientras llevaba un arma de fuego, en un evento que ocurrió el 19 del mismo mes.
Los jueces dieron la bienvenida a evidencia abrumadora
Aunque el ministerio público solicitó la detención preventiva del comienzo, el juez Viamerca Ruiz sepúlveda de la corte de la instrucción de San Juan le otorgó libertad bajo un Garantía económica de RD $ 20,000 mi impedimento de partida del país.
Después de esa decisión, el organismo acusador presentó una apelación. Durante la audiencia, el Fiscal General de la Corte, Salinz MonteroEl presentó Evidencia documental, experta y testimonial Eso evidenció la responsabilidad penal de Santana Núñez.
Los jueces Ana Milka Acosta, Arsenio Alcántara y José Miguel Mateo Agradaron la solicitud del ministerio público y ordenaron su encarcelamiento en el Centro de corrección y rehabilitación de Elías Piña (CCR).
«Entendemos que era el más apropiado en este momento. Es conveniente: una detención preventiva para garantizar la seguridad de la víctima y su hijo», dijo Valdez Montero al final de la audiencia.
Historia preocupante
Antes del arresto, la víctima ya había presentado una queja por amenazas de muerte y persecucióntanto contra él como contra su hijo adolescente. Santana Núñez, además, había sido asignada a un área de seguridad del Ministerio Público, un puesto del que fue eliminado el 25 de abril de este año.
El caso es investigado por el Unidad de cuidados integrales para víctimas de violencia de género, delitos domésticos y sexuales de San Juan. Los hechos atribuidos al oficial son tipificados y sancionados por el Artículo 309-2 del Código Penal Dominicanomodificado por el Ley 24-97 sobre violencia de género e intrafamiliar.
El ministerio público reafirmó su compromiso de actuar firmemente con este tipo de delitos.
«Estos son casos en los que debe prestar mucha atención para garantizar que dejemos de matar a las mujeres», dijo el fiscal Valdez Montero.


