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jueves, agosto 27, 2026
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Senado aprueba modificaciones a ley sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas

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Santo Domingo.- El Senado de la República declaró urgencia y aprobó en dos lecturas consecutivas el proyecto de ley que modifica el artículo 3 y adiciona el artículo 3.1, a la ley núm. 137-03, sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas.

El presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Senado, Antonio Manuel Taveras Guzmán, presentó un informe favorable a la pieza legislativa y solicitó que sea aceptada por el pleno para que sea declarada de urgencia y aprobada en dos lecturas consecutivas.

En adelante, el artículo 3 del reglamento contempla violaciones graves de la trata de personas mediante el reclutamiento, transporte, traslado, acogida o recepción de personas mediante amenaza, fuerza, coacción, secuestro, fraude, engaño, abuso de poder, situaciones de vulnerabilidad, mediante el uso de cualquier tipo de fuerza, coerción, sustancia o método de alteración de la conciencia, otorgar o recibir pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tiene autoridad sobre otra para dedicarse a la mendicidad, cualquier tipo de explotación sexual o pornográfica, trabajos forzados. , servidumbre por deudas, matrimonio servil, adopción irregular, esclavitud o sus prácticas análogas, servidumbre o extracción de órganos, incluso con el consentimiento de la víctima.

El escrito enviado por el Poder Ejecutivo señala en su inciso I que el consentimiento prestado por la víctima a cualquier forma de explotación definida en este artículo no constituirá motivo de exoneración de este tipo penal.

En tanto, en el párrafo II; indica que cuando el delito grave de trata de personas se cometa en perjuicio de niños, personas discapacitadas o vulnerables, no será necesario que en su configuración involucre alguno de los medios señalados, es decir, el uso de engaño, secuestro, uso de fuerza, coacción, amenaza, abuso de poder, abuso de condiciones de vulnerabilidad, dar o recibir pagos para recibir el consentimiento de una persona que tiene autoridad sobre otra.

El proyecto de ley, en adelante, añade el artículo 3.1; que establece que la trata de personas será sancionada con pena de 10 a 20 años de prisión y multa de ciento cincuenta a trescientos salarios mínimos en el sector público.

La ley establece en el primer párrafo que la infracción grave de trata que se cometa en perjuicio de niños, niñas y adolescentes, así como de personas discapacitadas o vulnerables, será sancionada con 20 a 30 años de prisión y con multa de trescientos salarios mínimos. del sector público.

En otro orden, el Pleno aprobó en dos lecturas consecutivas el proyecto de ley que declara a la provincia de Puerto Plata como provincia de Ecoturismo, iniciativa presentada por la senadora Ginnete Bournigal de Jiménez.

El Senado de la República aprobó, en segunda lectura, el proyecto de ley que modifica el artículo 386 de la Ley núm. 76-02, que establece el Código Procesal Penal de la República Dominicana, presentado por el Senador Antonio Manuel Taveras.

La normativa establece un recurso excepcional de control constitucional para conocer decisiones que en el nivel de apelación recaen sobre el hábeas corpus, al modificar el artículo 386 de la Ley 76-02 de julio de 2002, que establece el Código de Procedimiento Penal de la República Dominicana.

La pieza precisa que, en la audiencia de la que no puede suspenderse por ningún motivo, el juez del tribunal escucha a los testigos e interesados, examina los documentos, valora los hechos alegados y ordena el acto que debe realizar la persona privada o restringida de su libertad. o amenazado con serlo, sea puesto en libertad o cesado la persecución, si no se han cumplido las formalidades que establece este código.

En los demás casos, rechazar la solicitud.

El trabajo presentado por el senador de la provincia de Santo Domingo también indica que las decisiones que rechazan un pedido de hábeas corpus o niegan la libertad pueden ser apeladas ante el Tribunal Constitucional, siguiendo el régimen procesal previsto para la revisión constitucional de las sentencias de amparo.

Durante el trabajo, los senadores sancionaron la resolución que otorga un pergamino de reconocimiento a la profesora Nerys Dulcinea Urbáez de Sarraf, por sus 45 años de docencia a favor de la educación nacional.

El presidente del Pleno del Senado convocó a la Asamblea Nacional Revisora ​​para este sábado 26, a las 2 de la tarde, para continuar los trabajos de la modificación constitucional.

Además, convocó a sesión ordinaria, el próximo martes 29 de estos días, a las 14:00 horas, en la Sala del Hemiciclo.

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