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sábado, septiembre 19, 2026
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Los delitos de trata de personas serán perseguidos aunque no haya querellantes, de acuerdo con la nueva ley

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Redacción.- Entidades defensoras de derechos humanos saludaron las modificaciones a la Ley 137-03 que establece penas de hasta 30 años de prisión para el tráfico ilegal de extranjeros y ciudadanos que fueron aprobadas por la Cámara de Diputados menos de 24 horas después de que lo hiciera el Senado, que la sancionó en dos lecturas consecutivas tras declararlo urgente.

La pieza legislativa garantiza la tipificación del delito y aumenta las penas como parte de las modificaciones realizadas a la ley 137-03.

La iniciativa, aprobada en única lectura, establece en el primer párrafo del artículo tres de la ley, que no exonerará de responsabilidad penal el consentimiento prestado por la víctima a cualquier forma de explotación definida anteriormente.

El artículo séptimo de la Ley de Trata considera casos agravados cuando se produce la muerte de la víctima de la trata ilícita o cuando la víctima resulta afectada con daños físicos o psicológicos.

La pena mínima comienza a los cinco años e incluye multas de 175 a 300 salarios mínimos del sector público.

Mientras que los culpables de afectar a personas con afecciones psicológicas, personas con discapacidad o entidades vulnerables como niños, niñas y adolescentes enfrentarían una pena de 20 a 30 años de prisión y multas de 200 a 400 salarios mínimos.

«Ahora la iniciativa agotará los trámites ante el Poder Ejecutivo para su promulgación, y a partir de ahí entraría en vigor para su aplicación»

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