SANTO DOMINGO. – Respondiendo a la solicitud del Ministerio Publicoel Tercer Tribunal Colegiado de Santo Domingo Oeste condenó a 30 años de prisión a hombre que asesinó a un motociclista con un martillo para quitarle su motocicleta, en un hecho ocurrido el 20 de mayo de 2025, en el municipio de Pedro Marca.
Eduardo Carlos de León Paula Fue condenado a la pena máxima por el asesinato y robo agravado que cometió en perjuicio de Miguel Ángel Benítez Motadespués del Ministerio Publico presentó ante el tribunal un sólido conjunto de pruebas que demostraban su responsabilidad penal en los hechos.
Durante la investigación, el fiscal Olivia Sosa Estableció que el cuerpo de la víctima fue encontrado el 22 de mayo de 2025, en unos matorrales cercanos a la vía que conduce a Cuba.
Según la investigación, el imputado cometió el homicidio en presencia de dos adolescentes, a quienes, bajo amenazas, obligó a ayudarlo a mover la motocicleta mientras ocultaba el cuerpo de la víctima.
El fiscal explicó que, luego de cometer el hecho, el imputado abandonó el cuerpo sin vida de Benítez Motacerca de un río, y huyeron del lugar a bordo de la motocicleta robada, acompañados de los adolescentes.
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Durante el juicio, los fiscales litigantes Vilma Méndez y Francheska Alcántara Presentaron, entre las pruebas, un video de una cámara de vigilancia que captó al imputado y a los adolescentes con la víctima cuando aún estaba con vida y conduciendo la motocicleta que luego fue robada.
Él Ministerio Publico También presentó los testimonios de los adolescentes que declararon durante el proceso y señaló al condenado como quien mató a la víctima, con el propósito de quitarle su motocicleta y otras pertenencias.
Luego de valorar las pruebas aportadas por el órgano acusador, los jueces María Cordero del Socorro., Sandra Josefina Cruz y Loida Amador Sención Emitieron el veredicto de culpabilidad y ordenaron que Eduardo Carlos de León Paula cumplir la condena en Centro de Privación de Libertad (CPL) la victoria.
La sentencia fue dictada por la violación de los artículos 295, 302, 379 y 385 de la Código Penal dominicanoademás de los artículos 83 y 86 de la Ley 631-16 para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados, en perjuicio de Miguel Ángel Benítez Mota.
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