Santo Domingo.- El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional ordenó este lunes que las 21 solicitudes que tenía reservadas para el final del proceso sean presentadas nuevamente ante el nuevo juez, antes de continuar con el juicio.
Así aceptó la petición del Consejo de Defensa del ex fiscal general Jean Alain Rodríguez y las defensas de más de diez coacusados en el mismo proceso.
Cambio de juez reabre 21 incidentes
El cambio de juez fue ordenado por poder judicial. el magistrado Claribel Nivar Ariasquien presidió la
tribunal, fue ascendido a presidente de la Sala Penal del Distrito Nacional y éste salió del caso.
En su lugar entró el magistrado Jarolyn Elizabeth Rosario Lópeztrasladado y ascendido de un juzgado de paz, quien no estuvo presente en ninguna de las audiencias celebradas entre enero y junio de este año.
Durante la audiencia, las defensas presentaron el título de cada una de las 21 demandas y el
resolución en la que el propio tribunal había ordenado que se debatiera oralmente y que el
sus tres jueces decidieron juntosun debate en el que el nuevo juez no participó.
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Según las defensas, el nuevo magistrado debe estar consciente de las violaciones al debido proceso que se denuncian, porque las pruebas cuestionadas deben ser excluidas de un posible juicio: fueron obtenidas sin autorización de un juez o fuera de los plazos establecidos por la ley; Fueron recogidos por fiscales que fueron impugnados o carecían de cualificación para ello y no pudieron ser rebatidos, porque a las defensas se les negó la posibilidad de aportar prueba en contrario, entre otras razones.
Las defensas argumentaron, con razón, que cualquiera que no haya escuchado este debate no puede decidirlo solo.
leer documentos, porque eso viola los principios de oralidad e inmediatez del proceso penal.
El tribunal les dio la razón: el juez Rosario López conocerá estas acusaciones de primera mano antes de que se pueda incorporar una sola prueba en un eventual juicio. Las defensas valoraron la decisión como una garantía para todas las partes y para la validez del proceso.
Más demora en un proceso caducado
Más retraso, sin que sea culpa de las defensas. El caso tiene ahora más de seis años.s, desde su inicio el 21
Agosto de 2020.
En agosto pasado, el mismo tribunal no declaró extinguido el proceso, pero reconoció que el plazo máximo que marca la ley ya venció y que las defensas no han causado demoras. El cambio de juez es una decisión del Judicialen el ejercicio de sus competencias.
El tiempo adicional requerido para actualizarlo se suma a ese retraso y no es atribuible a los demandados.
Sin embargo, es un paso necesario: la única manera de evitar que todo lo que se hace sea
cancelado.
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