Soy abogado. Manejé un caso en el que la empresa demostró que contaba con un Comité Paritario de Seguridad y Salud, sus actas mensuales depositadas en el MT y todo lo relacionado con el Reglamento 522-06. Aun así, el tribunal declaró justificada la dimisión de un empleado por no acreditar disponer de un botiquín de primeros auxilios. Deposité fotos del botiquín, pero el tribunal no las valoró. Voy a apelar. ¿Cómo se demuestra que una empresa dispone de un botiquín de primeros auxilios?
Una foto no tiene fecha determinada ni identifica el lugar: podría haber sido tomada en una farmacia o en una ferretería que vende botiquines de primeros auxilios. Y preparar un acta notarial de verificación en cada litigio es inasequible.
La solución probatoria está proporcionada por la Resolución 09-26 del Ministerio de Trabajo, de 29 de abril de 2026. Su artículo 10 obliga al empleador a revisar el contenido del botiquín, al menos una vez al mes, y a llevar un registro de cada revisión, físico o digital, con la fecha, nombre y firma del responsable, el estado del botiquín y las reposiciones realizadas. Y su artículo 24 ordena al Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo verificar cada seis meses el estado de los botiquines de primeros auxilios.
Esto significa que la empresa debe incorporar esta revisión mensual al acta del Comité, integrado también por representantes de los trabajadores, que se deposita cada mes en el Ministerio de Trabajo. De esta forma la prueba adquiere una fecha determinada, sin coste adicional. Las fotografías fechadas del botiquín lo complementan, pero no lo reemplazan.
Para su recurso, recuerde también que en el caso de renuncia es el trabajador quien debe acreditar justa causa (art. 101 del Código del Trabajo), y que el incumplimiento de una obligación del artículo 46 sólo lo justifica si el incumplimiento es grave, al punto de poner en riesgo su salud.


