Publicado: 11/02/2026 – 15:54
Actualizado: 2/11/2026 – 16:37
Santo Domingo.- La suspensión condicional de la pena no exime de responsabilidad ni de antecedentes penales al condenado.
El abogado Jonathan Del Rosario explicó que esta medida no deja de ser una sentencia, lo que se suspende es la ejecución de la penano la declaración de culpabilidad. Por eso evita otra suspensión y puede contar para la reincidencia.
«El nuevo Código Penal prevé la rehabilitación, que restituye al condenado sus derechos cívicos, civiles y políticos una vez cumplida la pena», afirmó el experto en cuestiones jurídicas.
Sin embargo, Del Rosario aclaró que recuperar derechos no es lo mismo que borrar el registroy no existe ninguna norma pública que indique cómo el certificado de antecedentes penales de la Procuraduría General de la República refleja esa condena ni por cuánto tiempo.

Este beneficio no debe confundirse con la suspensión condicional del procedimiento. Según el jurista, quien lo cumple no es condenado, porque la acción penal se extingue.
Cuando un juez impone una pena de prisión suspendida, el condenado no ingresa en prisión o cumple sólo una parte de la pena. a cambio de respetar las reglas durante un período de prueba.
En la suspensión hay pena impuesta, normas y una amenaza latente de cárcel. La ley exige que la pena impuesta sea de cinco años o menos y que el condenado no haya sido condenado penalmente previamente.
¿Quién vela por la prisión suspendida?
La supervisión de la prisión suspendida corresponde al juez que ejecuta la pena, no al juez que dictó la sentencia, explicó Del Rosario.
Para ello, sostuvo, cuenta con trabajadores sociales e investigadores que pueden visitar el domicilio y el trabajo del condenado.
Una vez transcurrido el plazo, El juez declara extinguida la pena; Si hubo incumplimiento, podrá revocar la suspensión y ordenar el cumplimiento de la pena íntegra.


