spot_img
30.6 C
Santo Domingo
martes, octubre 6, 2026
spot_img

¿Está funcionando la Alerta Amber en República Dominicana? La Ley fue promulgada, pero persisten dudas sobre su aplicación

Deberías Leer

Santo Domingo.– El presidente Luis Abinader promulgó la 3 de junio de 2026 Ley 25-26que creó el Sistema Nacional de Alerta para la Búsqueda de Personas Desaparecidas, denominado “Alertas RD”legislación que incluye Alerta Ámbar para niños y adolescentes.

Sin embargo, tras su promulgación surge una pregunta: ¿Realmente funciona el sistema establecido por ley y una familia puede activar hoy una Alerta Amber bajo este nuevo mecanismo?

La legislación establece un modelo de respuesta inmediata para casos de desaparición y dispone que el Policía Nacional y Ministerio Público deben actuar de manera conjunta después de recibir y evaluar una queja. La activación de la alerta deberá producirse de forma inmediata y, en ningún caso, superar las 24 horas desde el reporte de desaparición o situación de peligro inminente.

Una ley que creó la Alerta Amber

La Ley 25-26 estableció cuatro categorías de alertas, diseñadas según las características de la persona desaparecida.

El Alerta ámbar está destinado a la secuestro o desaparición de niños y adolescentes.

También contempla:

  • Alerta Plata: para personas mayores de 65 años.
  • Alerta azul: para personas con discapacidad física o psíquica.
  • Alerta Rosa: para mujeres desaparecidas en contextos de violencia de género o trata de personas.

El objetivo es que, una vez activada una alerta, la información pueda difundirse masivamente a través de medios de comunicación, redes sociales, plataformas digitales, terminales de transporte y otros canales.

Las alertas tienen una validez inicial de cinco días calendariocon posibilidad de prórroga por períodos iguales mientras persistan las circunstancias que motivaron su emisión.

¿Qué debe pasar para activar una Alerta Amber?

Según la Ley 25-26, el proceso comienza con la informe de desaparición.

La denuncia se puede hacer en persona o por teléfono. Luego, la Policía Nacional o el Ministerio Público deberán evaluar las circunstancias del caso.

Cuando se determina que una alerta es apropiada, La activación debe realizarse de manera conjunta entre la Policía Nacional y el Ministerio Público.sin que transcurran más de 24 horas desde la denuncia de la desaparición o de la situación de peligro inminente.

En el caso de un menor de edad, si las autoridades determinan que se cumplen las condiciones establecidas, sería procedente activar el Alerta ámbar e implementar los mecanismos de búsqueda y difusión que establezca la normativa.

El punto que genera dudas: la implementación

Aunque la Ley 25-26 fue promulgada el 3 de junio de 2026su aplicación requiere de una estructura institucional y operativa que permita ejecutar los mecanismos establecidos.

La normativa contempla la creación de procedimientos para el funcionamiento de “Alertas RD”así como la coordinación entre las instituciones encargadas de responder ante una desaparición.

Esto plantea una diferencia entre dos conceptos: que existe una ley y que el sistema creado por esa ley es plenamente operativo.

Para que la Alerta Amber funcione en la práctica, se requiere que las instituciones responsables tengan la protocolos, personal capacitado, coordinación interinstitucional, mecanismos tecnológicos y canales de difusión necesarios.

Por lo tanto, la pregunta que queda es si todos estos componentes ya están habilitados y funcionando de manera efectiva.

Un mecanismo que requiere coordinación

La Ley 25-26 también creó la Consejo Nacional para la Búsqueda de Personas Desaparecidasadscritas al Ministerio del Interior y Policía, con la participación de instituciones como la Policía Nacional, el Ministerio Público, el Ministerio de la Defensa, el Ministerio de la Mujer, 9-1-1, Indotel, Conani, Conape, Conadis, el COE y el Servicio Nacional de Salud, entre otros.

El objetivo es establecer una respuesta coordinada entre instituciones públicas en caso de desaparición de una persona.

Además, la legislación contempla una Registro Nacional de Personas Desaparecidasbajo la administración y supervisión de la Policía Nacional, lo que permitirá centralizar la información relacionada con los casos.

Todo esto significa que la efectividad de la Alerta Amber no depende únicamente de la promulgación de la ley, sino de La estructura creada puede responder de inmediato cuando se denuncia la desaparición de un menor.

¿Qué debe hacer una familia cuando un menor desaparece?

En caso de desaparición de un niño o adolescente, la familia No debes esperar 24 horas para presentar una denuncia..

El caso debe ser reportado inmediatamente a las autoridades. La Policía Nacional y el Ministerio Público tienen la responsabilidad de recibir y evaluar la denuncia y, cuando correspondan las condiciones que establece la ley, activar los mecanismos previstos.

Si el caso califica para un Alerta ámbarse debe poner en marcha el sistema de búsqueda y difusión establecido por la Ley 25-26.

La pregunta sigue sobre la mesa

La promulgación de la Ley 25-26 representó la creación de un mecanismo especializado para responder a la desaparición de personas en República Dominicana, incluyendo una alerta específica para niños y adolescentes.

Pero La promulgación de una ley no significa necesariamente que todos los mecanismos contemplados en ella estén en pleno funcionamiento.

Por tanto, la pregunta que debemos plantearnos ahora es específica:

Si hoy un niño desaparece en República Dominicana, ¿las autoridades pueden efectivamente activar una Alerta Ámbar bajo el sistema “Alertas RD”, con sus protocolos, herramientas tecnológicas, coordinación institucional y canales de difusión funcionando?

La respuesta debe provenir de las autoridades responsables de la implementación del sistema, quienes deben explicar qué componentes de las “Alertas RD” se encuentran operativos actualmente, cuál es el protocolo que debe seguir una familia y qué pasos se ejecutan desde que se reporta la desaparición de un menor hasta la eventual activación de la Alerta Amber.

- Advertisement -spot_img

Otros Artículos

- Advertisement -spot_img

Últimas Noticias