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miércoles, noviembre 4, 2026
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Recusación de jueces en el caso Jean Alain Rodríguez

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la recusación Es un mecanismo legal a través del cual una de las partes en un proceso judicial solicita la remoción de un juez de un caso, cuando considera que existen circunstancias que podrían comprometer su imparcialidad o independencia.

Esta figura busca garantizar que las personas sean juzgadas por magistrados imparciales y que se respete el debido proceso. Sin embargo, presentar una recusación no significa que el juez haya cometido una irregularidad o que la solicitud será necesariamente aceptada.

¿Quién puede presentar una impugnación y por qué motivos?

En materia penal, la recusación puede ser presentada por cualquiera de las partes intervinientes en el proceso, incluido el imputado y su defensa, el Ministerio Publico y la víctima o denunciante, cuando tengan esa condición procesal.

Artículo 80 de Ley 97-25, que establece el nuevo Código Procesal Penal dominicano, contempla diez razones que pueden justificar que un magistrado sea recusado.

Estos incluyen tener vínculos familiares con una de las partes, mantener relaciones como acreedor, deudor o garante, tener un interés personal en el caso, haber intervenido previamente en el mismo. tramitar o haber emitido opiniones sobre el expediente.

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También contempla situaciones de amistad caracterizadas por una relación de gran familiaridad, enemistad, odio o resentimiento, así como cualquier otra circunstancia grave que pueda afectar la imparcialidad o independencia del magistrado.

Para que la solicitud sea considerada no basta con expresar disconformidad con una decisión judicial. La parte retadora debe identificar las razones y proporcione evidencia que respalde su enfoque.

¿Qué sucede cuando se presenta una impugnación?

Artículo 82 de Código de Procedimiento Penal establece que la impugnación deberá presentarse dentro de los tres días siguientes a conocer los motivos y obtener las pruebas que la sustenten. Durante una audiencia, usted puede presentarse oralmente, dejando constancia de sus argumentos en el acta.

Una vez presentada, el juez cuestionado puede aceptar la solicitud y desestimar el expediente. Si no está de acuerdo, deberá enviar el documento y su informe al tribunal de apelación correspondiente o, cuando forme parte de un tribunal colegiado, solicitar que los demás miembros examinen la recusación.

La autoridad competente podrá convocar a una audiencia para recibir las pruebas y escuchar a las partes. Según el artículo 83, deberá resolver el incidente en el plazo de tres días, y su decisión no es susceptible de apelación.

Si se acepta la recusación, el juez es removido y reemplazado de acuerdo con las reglas de organización judicial. Si es rechazado, El juez continúa conociendo el expediente.

Es importante señalar que una recusación no extingue el proceso penal ni implica que los imputados queden libres de responsabilidad. Su efecto es determinar quién debe seguir conociendo el caso.

La recusación de los tres jueces del caso Jean Alain Rodríguez

Un ejemplo reciente de este procedimiento ocurrió este miércoles 4 de noviembre, cuando las defensas de dos imputados en el proceso por presunta corrupción administrativa contra el exfiscal general Jean Alain Rodríguez Retaron a los tres jueces del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional.

La solicitud fue presentada por los abogados de Ramón Lucrecio Burgos Acosta y Alfredo Alejandro Solano Augusto contra los jueces Yissel Sotopresidente del tribunal; Clara Castillo y Jarolyn Elizabeth Rosario López.

La acción se produjo luego de que los magistrados decidieran diferir, para conocer del fondo del juicio, la resolución de 21 incidentes planteados por las defensas. Los abogados también cuestionaron el plazo concedido presentar recursos contra dicha decisión.

Los jueces rechazaron los argumentos de la recusación y defendieron su actuación, al considerar que han garantizado el debido proceso durante el conocimiento del expediente.

Ante esta situación, anunciaron que enviarán la solicitud a la Corte de Apelaciones del Distrito Nacionalinstancia que debe determinar si los jueces continúan al frente del juicio o si procede destituirlos.

Mientras se conoce la solicitud, los jueces informaron que se abstendrán de realizar actuaciones relacionadas con el expediente. La próxima audiencia fue fijada tentativamente para el 16 de noviembre, en caso de que Los jueces están confirmados.

No es la primera vez que se produce una impugnación en este expediente. En enero de 2025, los abogados de los acusados ​​impugnaron a los miembros del Cuarto Tribunal Colegiadocuyos magistrados fueron apartados del proceso.

El caso contra Jean Alain Rodríguez y otros 14 acusados ​​de presuntos actos de corrupción administrativa continúa marcada por incidentes y cuestiones procesales, mientras se espera que el tribunal de apelación pronunciarse sobre la nueva solicitud.

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