Santo Domingo.- Grandes bolsas de plástico con desechos sólidos adornan las esquinas de lotes baldíos y edificios deshabitados en diversos sectores del Gran Santo Domingoa pesar de la advertencia de las autoridades.
El desconocimiento de la acción contaminante pone de relieve la necesidad imperante de identificar las sanciones contemplado en la ley 225-20 sobre gestión de residuos sólidos, modificada por la Ley 98-25que varían dependiendo de la gravedad del evento: muy grave, grave y menos grave.
Según el jurista Jonathan del Rosario, experto en derecho administrativo y procesal civil, para el violaciones muy graves La ley establece multas desde 100 a 1000 salarios mínimos del sector público, trabajo comunitario de 2 a 30 días, inhabilitación por dos años y cierre de las instalaciones.

Estas sanciones serán aplicadas por el Ministerio del Ambiente y contempla excepciones si se trata de residuos sólidos peligrosos, en las que se aplicarán multas de 1.000 a 3.000 salarios mínimos.
¿Qué se considera «muy grave»?
Se considera «muy grave» abandonar, verter o eliminar de forma incontrolada residuos sólidos urbanos, de manejo especial o peligrososasí como entregar, vender o ceder residuos a personas naturales o jurídicas que no estén autorizadas para manipularlos.
La normativa también considera infracciones muy graves la importacion de residuos peligrosos y la omisión o alteración maliciosa de información para la obtención de autorizaciones relacionadas con el ejercicio de actividades reguladas por la ley.

Del Rosario advierte que cada municipio tiene sus propias normaspor lo que arrojar residuos en lugares no autorizados o abandonarlos en la vía pública puede ser sancionado según ordenanza local.
En su opinión, el contaminador no sólo puede ser obligado a retirar los residuos, limpiar y reparar la zona afectada, sino que también puede ser llevado ante el Ministerio Público si el daño ambiental es grave.
Infracciones graves: multas de 25 a 99 salarios mínimos

Las violaciones graves incluyen creación de vertederos a cielo abiertoasí como depositar residuos sólidos urbanos, de manejo especial o peligrosos en vías públicas, terrenos baldíos, barrancos, drenajes, alcantarillas o cuerpos de agua.
Estas violaciones conllevan multas de 25 a 99 salarios mínimos del sector público y posibles inhabilitaciones, excepto residuos sólidos peligrososque serán de 100 a 500 salarios mínimos.
Infracciones menos graves: multas de hasta 50 salarios mínimos

Arrojar residuos sólidos urbanos o de manejo especial en espacios públicosafectar la decoración y limpieza de calles, parques, mares o ríos constituye una actuación «menos grave».
Las multas pueden ser hasta 50 salarios mínimos en el sector públicosancionados por los Ayuntamientos y las Juntas Municipales de Distrito.
En el caso de residuos sólidos peligrosos, las multas serán de 500 salarios mínimos del sector público.
Construcciones: un dolor de cabeza
Una de las prácticas comunes en la construcción es contratar personal para tirar escombros (varas, maderas y bloques) en lugares no autorizados.
Del Rosario insta a que Ley 64-00 del Medio Ambiente Prohíbe arrojar residuos en lugares no establecidos por la autoridad y que el dueño de la obra o negocio debe responder por la infracción cometida.
Con el objetivo de concienciar sobre los daños ambientales que provoca la contaminación, el abogado explicó que estos residuos no desaparecen al ser desechados, sino que Permanecen en el medio ambiente y provocan inundaciones, malos olores y aparición de roedores e insectos.
«La próxima vez que tengas un cobertor en la mano y no veas un bote de basura cerca, recuerda que tirarlo a la calle no lo hace desaparecer: Cuidar al municipio no es un favor. Es nuestro deber proteger nuestra salud, nuestros hogares y el lugar donde vivimos», concluyó.


