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miércoles, septiembre 9, 2026
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Elecciones en el COD

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Hace cuatro años el actual Comité Ejecutivo de la Comité Olímpico Dominicano (COD)en un proceso marcado por una mayoría cuestionada, producto de una votación que fue indebidamente validada por la Comisión Electoral a favor de un delegado cuya legitimidad fue cuestionada.

Puedo dar fe de ello porque para entonces yo era asesor jurídico del COD y conocía a fondo su dinámica interna.

Ahora, el COD se encamina a elegir, en la primera semana de diciembre, un nuevo Comité Ejecutivocomenzando por los cargos de presidente y secretario general, hasta completar los once miembros titulares, quienes deberán ser elegidos individualmente y no mediante juntas.

Desde que fue «elegido» el actual Comité Ejecutivo, el secretario general, Luis Chanlatteintentó formar una mayoría a su favor excluyendo a las federaciones que votaron en contra, procediendo a suspender a cinco de ellas, violando los procedimientos estatutarios, sin el debido proceso, sumariamente, anulando de un plumazo diez votos de la asamblea general, ya que esas federaciones, a diferencia de las Federación Dominicana de WushuA cada una de ellas, por tratarse de federaciones olímpicas, le corresponden dos votos del programa olímpico, debidamente reconocidos por sus respectivas Federaciones Internacionales y por el Comité Olímpico Internacional (COI).

Este procedimiento, contrario a los principios de juego limpio que deben regir el movimiento olímpico, generó diversos procesos judiciales que finalmente llegaron a la Corte Suprema de Justicia.

La sentencia SCJ-PS-26-1159, de 29 de mayo de 2026, al resolver el recurso de apelación, dejó firme la decisión apelada de la Corte de Apelaciones, adquiriendo esta autoridad de cosa juzgada.

Al anularse la resolución por la que fueron suspendidos, las federaciones afectadas recuperaron plenamente sus derechos como miembros del COD, anulando las nefastas consecuencias derivadas de aquella suspensión irregular.

A pesar del extemporáneo (tardío) recurso de revisión constitucional interpuesto por el agonizante Comité Ejecutivo del COD, el fallo de la SCJ debe ser ejecutado independientemente de cualquier recurso interpuesto en su contra, como todos los abogados en ejercicio saben.

En consecuencia, las federaciones cuya suspensión fue anulada han recuperado su condición de miembros del COD y, por tanto, deben participar en sus asambleas generales, ejerciendo plenamente sus derechos, incluido el derecho a votar en la elección del Comisión Electoral durante este mes y del nuevo Comité Ejecutivo en diciembre.

La legitimidad de las próximas elecciones dependerá, precisamente, de la ejecución del fallo de la SCJ, del respeto a las instituciones, a los estatutos y, sobre todo, de la voluntad soberana de la asamblea general sin odiosas exclusiones.

AME1800. SANTO DOMINGO (REPÚBLICA DOMINICANA), 21/07/2026.- Fotografía aérea que muestra el estadio olímpico Félix Sánchez, en el Centro Olímpico Juan Pablo Duarte este martes, en Santo Domingo (República Dominicana). República Dominicana acelera los preparativos para los XXV Juegos Centroamericanos y del Caribe Santo Domingo 2026 con la adecuación de instalaciones y la coordinación de operaciones de seguridad, transporte y logística para recibir a más de 5.000 deportistas. Grupo EFE/ XP3

Luis Felipe Rosa Hernández

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