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domingo, septiembre 20, 2026
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Tras disposición del MAP, Gobierno defiende medida y dice no es inconstitucional

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SANTO DOMINGO.– Luego de que el Ministerio de la Función Pública (MAP), emitiera una circular instruyendo a todas las entidades y organismos del Estado, a través de sus direcciones de Recursos Humanos, a recopilar datos sobre el cumplimiento de los pagos de los servicios públicos de los empleados públicos, dijo Sigmund Freund, que el objetivo principal es conocer el perfil de consumo.

A través de un Tweet, Freund sostuvo que la disciplina entra en juego, y es compromiso del gobierno dar siempre ejemplo en el cumplimiento de las obligaciones exigidas a los ciudadanos.

“Es fundamental que, como servidores públicos, cumplamos con nuestro deber constitucional de respetar las normas vigentes, y mostrar nuestro compromiso con el cumplimiento de nuestras obligaciones, no sólo para garantizar la sostenibilidad de los servicios públicos, sino también para fomentar una cultura de responsabilidad y civismo entre las personas. ciudadanos y servidores, promovidos por principios que rigen la conducta de los servidores públicos establecidos en la Ley 41-08”, agregó el titular del MAP.

Asimismo, indicó que el cumplimiento del pago de los servicios no sólo asegura su continuidad, sino que también refleja ética y compromiso con el bienestar colectivo. “Es parte de nuestro compromiso como gobierno ser ejemplo en el cumplimiento de nuestros deberes”.

Las áreas de Recursos Humanos deberán confirmar en un plazo de 15 días hábiles si el servidor público cuenta con contrato de luz y agua. Si el empleado no tiene alguno de los servicios a su nombre, deberá indicar a qué familiar se encuentra y si cumple con sus obligaciones de pago.

La circular establece que “es importante que cada empleado presente las facturas correspondientes, ya que esto permitirá llevar registros más precisos y facilitará la gestión administrativa”.

El documento está dirigido a ministros, asesores jurídicos del Poder Ejecutivo, contralor general de la República, directores generales, nacionales y ejecutivos, administradores generales y nacionales de órganos y entidades del Poder Ejecutivo.

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