Los involucrados en la investigación de un presunto plan para atentar contra la vida del presidente Luis Abinader Podrían enfrentar diferentes sanciones penales, dependiendo de la conducta que pueda demostrar el Ministerio Público y la calificación jurídica que determine el sistema de justicia.
Ley núm. 74-25, que establece el nuevo Código Penal Dominicana, contempla varias disposiciones relacionadas con amenazas de muerte, tentativa de homicidio, homicidio agravado y complot para cometer atentado.
Una de las disposiciones es el artículo 15.4, que sanciona las amenazas de muerte con penas de uno a dos años de prisión menor y multas de tres a seis salarios mínimos en el sector público, siempre que se cumplan los elementos establecidos en la normativa.
Una de las disposiciones es el artículo 380, que castiga las amenazas de muerte con penas de uno a dos años de prisión menor y multas de tres a seis salarios mínimos.
En caso de que se compruebe la existencia de un complot, el artículo 382 establece penas de 10 a 20 años de prisión. superiores y multas de 20 a 30 salarios mínimos en el sector público. Este artículo define complot como la decisión de varias personas de cometer un atentado, siempre que esta decisión se materialice mediante uno o más actos.
La legislación también contempla escenarios más graves. El artículo 92, numeral 8, establece penas de 30 a 40 años de prisión por homicidio agravado cuando la víctima sea el presidente o vicepresidente de la República, entre otros funcionarios, en el ejercicio de sus funciones.
Asimismo, el artículo 14 establece que la tentativa de delito muy grave se castiga como si se hubiera cometido. consumada, siempre que exista un principio de ejecución y el resultado no se produzca por causas ajenas al autor.
Por otra parte, el artículo 380 contempla de 20 a 30 añoss de prisión mayor por atentados que, mediante actos de violencia, pongan en riesgo el carácter civil, republicano, democrático y representativo del Estado dominicano.
De esta forma, las posibles consecuencias penales dependerán de las pruebas presentadas durante el proceso, de la participación individual de cada imputado y de la calificación jurídica finalmente establecida por el tribunal.


