El desarrollo institucional del país requiere que ciertas prácticas, sin fundamento jurídico ni lógica, adoptadas por las instituciones del Estado, sean revisadas para superar costumbres que, a pesar de sus buenas intenciones, dejan en mal lugar la imagen de las entidades que las ponen en práctica, proyectando, con esas decisiones, un absurdo anacrónico que debe ser descontinuado.
En el caso particular de la Cámara de Diputados, se ha convertido en una práctica frecuente elegir un cónyuge para cubrir el puesto vacante por fallecimiento del marido o la mujer y ahora acabamos de ver que, en el caso del diputado fallecido Jorge Fríastomó juramento para ocupar el asiento, su hija Minerva Claudel Fríascomo si los cargos públicos fueran bienes heredables.
Si lo que se pretende es no dejar desamparada a la familia del congresista fallecido, considero que lo que debería hacer el Congreso es gestionar una pensióncon el monto de su salario, a favor de la viuda e hijos menores del causante, y el cargo vacante será adjudicado, mediante terna, al candidato o aspirante que haya obtenido mayor votación en el último proceso electoral.
Sería una forma elegante y justa de cumplir el artículo 77 de nuestra Constitución y pondría fin a la fea práctica del presente.


