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jueves, septiembre 10, 2026
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Piden prisión preventiva para colombiano detenido con US$600,700 en el AILA

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Santo Domingo.- Él Ministerio Publico solicitó prisión preventiva contra un ciudadano colombiano detenido en el Aeropuerto internacional de las Américas (AILA) cuando intentaba salir del país rumbo a Panamá con 600.700 dólares, cinco euros y 647.000 pesos colombianosdinero que no había sido declarado a las autoridades aduaneras.

el acusado es Mauricio Alberto Ossa Ospina, 47 añosque fue detenido en flagrante delito el pasado 3 de septiembrealrededor de las 5:00 de la tarde, durante el proceso de verificación de equipaje.

Además del dinero, las autoridades ocuparon al extranjero un celular y su pasaporte.

Detención en el AILA y dinero ocupado

Según la solicitud de medida coercitiva, un funcionario de la Dirección General de Aduanas (DGA) y un supervisor de la terminal recibió una alerta del Cuerpo Especializado en Seguridad aeroportuaria y de la Aviación Civil (Césac) después de que se detectó la moneda durante la inspección de equipaje.

Ossa Ospina había ingresado ese mismo día a la República Dominicana en un vuelo procedente Aeropuerto Internacional José María Córdova, Medellín, Colombiasegún registros aduaneros.

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Investigación de blanqueo y contrabando

El Unidad para la Prevención y Persecución del Contrabando y Tráfico Ilícito de Bienes Culturales del Ministerio Público está a cargo de la investigación.

El Ministerio Público también solicitó que se declare el proceso procesamiento complejoalegando que requiere más tiempo para completar las diligencias de investigación y determinar las responsabilidades correspondientes.

La audiencia para conocer la solicitud de prisión preventiva fue postergada por este motivo Viernes 11 de septiembre de 2026, a las 9:00 de la mañana.antes del Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Santo Domingo Este. La decisión fue tomada por el juez. Leomar Cruz Quezada.

La investigación contempla posibles violaciones relacionadas con lavado de dinero y contrabandode conformidad con los artículos 4, párrafo 12, y 65 de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismoasí como los artículos 338, 339 y 343 del Ley de Aduanas 168-21.

La acusación provisional se sustenta, según el Ministerio Público, en prueba documental, material y testimonial que será presentado durante el proceso.

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