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miércoles, septiembre 9, 2026
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La separación de bienes impide convertir el divorcio en un mecanismo de despojo patrimonial

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NUEVA YORK.- El abogado Víctor Eddy Mateo explicó que, en República Dominicana, el matrimonio bajo el régimen de separación de bienes supone, como principio, la existencia de bienes independientes.

Después de que hiciera varios comentarios en televisión en Rd sobre la divorcio y separación de bienes, Muchos dominicanos de esta ciudad se interesaron por su exposición, por lo que este reportero lo contactó telefónicamente para ampliar sus explicaciones.

Mateo Vásuez afirmó que cada cónyuge conserva la propiedad, administración y disposición de los bienes que legalmente le pertenecen, tanto los que poseía antes del matrimonio como los adquiridos posteriormente a título personal.

El doctor en Administración, Finanzas y Justicia en el Estado Social de la Universidad de Salamanca, España, y profesor de la Universidad Iberoamericana, UNIBE, agregó que este régimen se fundamenta en los artículos 1387, 1529 y siguientes del Código Civil, así como en la Ley número 2125 del 27 de septiembre de 1949, que regula aspectos esenciales de la separación de bienes.

Sostuvo que el divorcio no convierte automáticamente los bienes individuales en bienes comunes ni autoriza la distribución de todos los bienes en partes iguales.

Asimismo, advirtió que las joyas, dinero, inmuebles u otros bienes que un cónyuge haya donado válidamente al otro no pueden ser retirados unilateralmente por el simple hecho de una ruptura matrimonial.

Incluso una posible infidelidad no produce, por sí sola, Pérdida automática de los bienes ni devolución inmediata de cualquier cosa que haya sido donada durante el matrimonio.destacó el docente, investigador y politólogo.

Cualquier pretensión de revocación de una donación deberá estar sustentada en una causa prevista por la ley y sujeta, en su caso, al control de los tribunales. El jurista afirmó que se debe evitar confundir las causas o responsabilidades vinculadas a la ruptura del matrimonio con el régimen económico elegido por los cónyuges.

“La separación de bienes tiene una consecuencia jurídica muy concreta: “Cada uno conserva lo que legítimamente le pertenece”.afirmó.

Además, el divorcio no puede convertirse en un mecanismo de confiscación o desposesión de bienes contra cualquiera de los cónyuges. «Una cosa son las causas que pueden provocar la ruptura del matrimonio y otra, jurídicamente distinta, es determinar quién es el propietario de cada bien», afirmó.

Actualmente dirige el estudio de abogados Mateo Vásquez & Asociados (MAVASQ), ubicado en la Avenida Defilló, casi esquina con Gustavo Mejía Ricart, en Santo Domingo. Para más información, mavasasociados@gmail.com y teléfono 809-829-8463.

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