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domingo, noviembre 8, 2026
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Abinader emite decreto donde establece nueva regulación arancelaria para productos de arroz importados

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SANTO DOMINGO.- El presidente Luis Abinader ordenó la aplicación de un nuevo régimen arancelario para los productos del arroz (clasificados en las partidas SA 1006.10.00, 1006.20.00, 1006.30.00 y 1006.40.00), de conformidad con las normas establecidas en la Lista XXIII de la Organización Mundial del Comercio (OMC), con el fin de salvaguardar la producción nacional de arroz.

Según el decreto 693-24, esta medida aplicará un arancel del 20% ad valorem dentro del cupo establecido, mientras que fuera de él se aplicará un arancel del 99% ad valorem.

El documento indica que la nueva regulación establece un cupo preferencial de 23.300 Toneladas Métricas (TM) para productos de arroz originarios de Estados Unidos, que podrán ingresar al país con un arancel del 0% ad valorem. Sin embargo, los productos de arroz que superen esta cuota o que provengan de otros países, como la República de Nicaragua, estarán sujetos a un arancel bajo el trato de Nación Más Favorecida (NMF), que corresponde al 99% ad valorem.

El decreto también especifica que las medidas adoptadas estarán vigentes hasta que el Consejo Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional (CONASSAN) recomiende lo contrario, con base en los informes técnicos de la Secretaría Técnica de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.

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